miércoles, 23 de abril de 2008

Vivimos en un país en el que es legal usar la fuerza física para clausurar el Congreso, pero no recurrir a los medios para denunciar el hecho[…]Con las actuales reglas que tenemos en México, el artículo 41 de la Constitución viola la libertad de expresión que supuestamente garantiza el artículo sexto constitucional. Pero los afectados no tenemos, al parecer, derecho a acudir a ningún tribunal. El tema es electoral para los juzgadores convencionales, pero para el Tribunal Electoral sólo los partidos políticos tienen personalidad jurídica.

Sergio Sarmiento
Reforma.
23 de abril de 2008.

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